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El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) publicó un instructivo detallado que establece las normas para la declaración y el pago de la contribución en la recién aprobada Ley de Protección de Pensiones de Seguridad Social del Bloqueo Imperialista.

El instructivo explica los paso a seguir para declarar el 9% de la nómina de la empresa en el portal web del Seniat, como el acceso en Google Chrome y tener un usuario y clave en el portal.

Según el Seniat, para ingresar a la aplicación, debe acceder al sitio web www.seniat.gob.ve y seleccionar el icono de «Servicios de Declaración». Desde esta sección, podrá iniciar su declaración, consultar o solicitar la anulación de la misma.

Una vez dentro, podrá registrar la declaración siguiendo los pasos indicados, como seleccionar el tipo de declaración, periodo, y colocar el monto total de salarios y bonificaciones.

El sistema calculará automáticamente el Impuesto a pagar, que corresponde al 9% del monto total registrado.

Además, la aplicación cuenta con funciones de consulta donde podrá visualizar las declaraciones registradas, descargar e imprimir formularios, compromisos de pago y certificados electrónicos. También tiene la opción de solicitar la anulación de una declaración si el estatus es pendiente de pago.

Gaceta Oficial

El instructivo fue publicado de acuerdo a lo dispuesto en la Gaceta Oficial N° 42.881 del 17 de mayo de 2024. La Providencia Administrativa establece las normas para la declaración y pago de la contribución especial para la protección de las pensiones de la Seguridad Social.

Esta nueva normativa, enmarcada en las medidas tomadas por el Gobierno venezolano para enfrentar las sanciones y el bloqueo económico impuesto por Estados Unidos, establece que la contribución especial debe ser pagada por todas las personas jurídicas, sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho, de carácter privado, tanto domiciliadas como no domiciliadas en la República, que practiquen actividades económicas en el territorio nacional.

La base de cálculo de la contribución especial se define como «el total de los pagos realizados a los trabajadores y trabajadoras por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial». El pago se hará siguiendo un calendario establecido de acuerdo al último dígito del Registro Único de Información Fiscal (RIF) del contribuyente.

La declaración y pago de la contribución especial se efectuará siguiendo las formalidades y especificaciones técnicas establecidas por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) en su portal fiscal.

En caso de que el contribuyente pague sueldos y bonificaciones de carácter no salarial en moneda distinta al bolívar, la base de cálculo para determinar la contribución especial se obtiene mediante la conversión de estos importes a la moneda nacional, utilizando el tipo de cambio oficial vigente establecido por el Banco Central de Venezuela al momento del pago de la remuneración laboral.

Las personas jurídicas y sociedades de personas obligadas al pago de la contribución especial deberán informar trimestralmente al Seniat la cantidad de trabajadores activos que mantienen en sus nóminas, siguiendo las especificaciones técnicas establecidas en el portal web del organismo.

A partir de la fecha de publicación de la Providencia en Gaceta Oficial, el Seniat queda facultado para iniciar los procedimientos de verificación, fiscalización y determinación que considere necesarios para garantizar el cumplimiento de lo establecido en la Ley de Protección de Pensiones de la Seguridad Social.

Contribución especial

La Asamblea Nacional (AN) sancionó el pasado 7 de mayo la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al bloqueo imperialista, una medida anunciada por el presidente Nicolás Maduro el 1 de mayo con el objetivo de que los empresarios destinen una parte de sus ingresos a un fondo para los pensionados.

Según lo establecido en la Gaceta Oficial 42 880, las empresas privadas en Venezuela pagarán 9 % de la contribución especial obligatoria prevista en la Ley de Protección Especial de Pensiones.

«Decreto N° 4.952, mediante el cual se establece como monto de la contribución especial prevista en la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista el nueve por ciento (9 %) del total de los pagos realizados por el contribuyente a las trabajadoras y trabajadores, de conformidad con la referida Ley», expresa la Gaceta.

El decreto establece exenciones para emprendimientos registrados en el Registro Nacional de Emprendimientos (RNE). Sin embargo, esta exención tiene un carácter temporal, con un plazo máximo de un año a partir de la fecha de publicación en Gaceta.

Las empresas sujetas a esta contribución deberán hacer los ajustes necesarios en sus nóminas y sistemas de contabilidad para cumplir con la normativa.

Asimismo, el gobierno de Nicolás Maduro publicó en Gaceta Oficial número 6 806 la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social, la cual detalla los procedimientos que las empresas deben seguir para el pago del nuevo tributo.

Según lo establecido, se debe hacer un aporte mensual al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), siguiendo los procedimientos y facultades de control fiscal del Código Orgánico Tributario.

La contribución especial podrá ser deducida como parte del gasto en la declaración definitiva del impuesto sobre la renta, además de la contribución regular. Aquellas personas que incumplan la ley estarán sujetos al pago de intereses moratorios y serán sancionados.

 

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